Con el comienzo de la actividad pugilística en 2025, tanto en el ámbito olímpico como profesional, la Real Federación Española de Boxeo ha publicado una circular, la 03/2025, relativa al segundo de esos campos, el boxeo profesional.
En ella se revisa la normativa nacional sobre diferentes aspectos, entre los que cabe destacar:
- Las condiciones que deben reunir los/as boxeadores/as que pasen al campo profesional (edades, requerimientos deportivos y médicos)
- Los boxeadores/as extranjeros/as que combaten en nuestro país
- Listado de púgiles que deben guardar descansos especiales (superiores a 28 días después de una derrota antes del límite) de acuerdo al Reglamento o a algún informe o circunstancia especial
- Posibilidades de que los boxeadores profesionales regresen al ámbito del boxeo olímpico (BAN)
Considerada la importancia de que lo conozca el mayor número de personas posibles, aquí se dejan todos los documentos para quien desee consultarlos.
Anexo I. Requisitos licencia profesional
Anexo II. Regreso del boxeo profesional al campo olímpico
Anexo III. Descansos obligatorios